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lunes, 18 de septiembre de 2017

RESUMEN DE LOS ERRORES DEL CONCILIO VATICANO II




En este texto se añade un elemento ulterior y espurio al naturalismo evocado en 6.1: el mito laicista del progreso, con su exaltación  característica del trabajo, de la técnica, de la cultura "civil", del igualitarismo, de la libertad "humana y cristiana" (sea cual fuere el significado de tal expresión).
6.4 La afirmación increíble de que Cristo resucitado «obra ya por la virtud de su Espíritu en el corazón del hombre, no sólo despertando el anhelo del siglo futuro, sino alentando, purificando y robusteciendo también, con ese deseo [sed eo ipso], aquellos generosos propósitos con los que la familia humana intenta hacer más llevadera (S11) propia vida y someter la tierra a este fin» (GS § 38).
El texto parece significar que, por el hecho en sí de inspirarle al hombre el anhelo del siglo futuro, “el Espíritu Santo le inspira también el  deseos de felicidad terrena, expresados mediante el giro "hacer más llevadera su propia vida" (!).        
6.5 La afirmación incomprensible según la cual «el misterio pascual perfecciona la actividad humana».

En efecto, se define a la sagrada Eucaristía como «aquel sacramento de la fe en el que los elementos de la naturaleza, cultivados por el hombre [naturae elementa, ab hominibus exculta], se convierten [convertuntur] en el cuerpo y sangre gloriosos, en un banquete [coena] de comunión fraterna que es pregustación del banquete celestial» (GS § 38 cit.).   
Según su estilo, el Vaticano II no nombra la transubstanciación,
e insinúa una concepción protestante de la santa misa. Pero ¿de qué
manera, al decir del texto conciliar, el "misterio pascual" perfecciona
a la actividad humana? Pues en virtud del hecho de que los que se convierten en el cuerpo y sangre gloriosos son "elementos de la naturaleza, cultivados por el hombre" (!) (Recuerdese aquí aquella melodía “una espiga dorada por el sol, el vino que cosecha el viñador etc). Al cultivar la tierra, la actividad del hombre produce el pan y el vino, que se "convierten después en el cuerpo y la sangre, etc. ¡Una contribución de este tipo no puede por menos de volver perfecta la actividad del hombre! Hay motivos más que de sobra para quedarse estupefactos ante un razonamiento semejante, que parece hasta ridículo. ¿Cuándo ha enseñado el magisterio nada semejante? ¿Cuándo demonios ha buscado conexiones tan disparatadas y maliciosas? No obstante, tales disparates apuntan a un fin preciso: insinuar la falsa idea de que la actividad del hombre participa de algún modo en la conversio (más exactamente: transubstantiatio) del pan y del vino en el cuerpo y sangre de Cristo (conversión que, en realidad, es obra de solo el sacerdote en donde no tiene nada que ver los que cultivan el trigo o los viñadores con el vino).

Tal idea se encuentra también en la "liturgia eucarística" de la
misa del Novus Ordo:
«Bendito seas, Señor, Dios del universo, por este pan, fruto de la tierra y del trabajo del hombre, que recibimos de tu generosidad y ahora te presentamos: él será para nosotros pan de vida».
6.6 El famoso art. 39 de la Gaudium et Spes, que, como conclusión del capítulo III, dedicado precisamente a la «actividad humana en el mundo» (GS §§ 33-39), propone, en apariencia, la visión final tradicional sobre la "tierra nueva" y "los cielos nuevos", pero que nos brinda, en realidad, la perversión final de la concepción del reino de Dios enseñada por la Iglesia.
En efecto, se delinea allí la idea de una salvación colectiva de la humanidad y hasta de «todas las criaturas (cf Rom 8, 19-21) que Dios creó pensando en el hombre» (GS ibid.), con lo que se tergiversa el versículo Rom 8, 21 al hacerle decir, gracias a una adición, que conseguirán también la salvación eterna "todas las criaturas" que Dios creó propter hominem, para servir al hombre. Así se insinúa la idea anormal nunca enseñada antes, como es obvio- según la cual todas las criaturas, sin distinción, entrarán en el reino, incluso las destinadas al servicio y a la utilidad del hombre, como los animales (!).
El artículo 39 asegura, a renglón seguido, que la "tierra nueva"
está ya, en figura, en "nuestra tierra", porque en esta última
«crece el cuerpo de la nueva familia humana, el cual puede de alguna manera anticipar un vislumbre del siglo nuevo» (GS ibid.).

Nótese al respecto que la prefiguración del reino no la constituye la Iglesia militante, como enseña la ortodoxia católica, sino el "crecimiento" del "cuerpo de la familia humana": la constituye la humanidad, que crece gracias al progreso universal, a la libertad "humana y cristiana", etc. (LG §§ 13 Y 36; GS §§ 30, 34 Y 38 cit.). El reino de Dios, que se realiza parcialmente en este mundo, no está constituido ya por la Iglesia, sino por la humanidad (!). La humanidad ("nueva") es el sujeto que realiza el reino y que un día entrará en él en globo. Y de hecho, según concluye el arto 39 de la Gaudium et Spes, volveremos a encontrar en el reino en cuestión, aunque «limpios de toda mancha, iluminados y transfigurados», los "bienes" y los "frutos" que «hayamos propagado por la tierra en el Espíritu del Señor y de acuerdo a su mandato»; unos bienes profanos hasta la médula (como «la dignidad humana, la unión fraterna y la libertad»), y además «todos los frutos excelentes de la naturaleza».
Tamaña aseveración es errónea, teológicamente hablando. Porque el "pecado de secesión" se consuma también hoy cuando el cismático y el hereje, "nutridos" no de la "fe de Jesucristo", sino de las doctrinas propias de su secta, se adhieren a estas últimas con su intelecto y voluntad, una vez llegados a la edad de la discreción, transformándose, de herejes y cismáticos materiales, que yerran de buena fe, en herejes y cismáticos formales, los cuales se niegan por sí y ante sí, con un acto positivo personal, a someterse a la doctrina revelada por Cristo y a la autoridad instituida por El.
8.3 La afirmación «quienes creen en Cristo y recibieron el
bautismo debidamente quedan constituidos en alguna comunión, aunque no sea perfecta, con la Iglesia católica
[quadam cornmunione etsi non perfecta]» (UR § 3), Y la afirmación parecida que sigue en el art. 4, según la cual los herejes y cismáticos, aun «estando verdaderamente incorporados a ella (a la Iglesia católica) por el bautismo [baptismate appositi] están, sin embargo, separados de su comunión plena» (UR § 4).
Ambas afirmaciones contradicen la tradición universal de la Iglesia, ratificada también por Pío XII en la Mystici corporis: «Pero entre los miembros de la Iglesia sólo se han de contar de hecho los que recibieron las aguas regeneradoras del bautismo y profesan la verdadera fe, y ni se han separado ellos mismos miserablemente de la contextura del cuerpo, ni han sido apartados de él por la autoridad legítima a causa de gravísimas culpas» (Denz. 2286). Y esto vale para todos los herejes y cismáticos públicos, inclusive los de buena fe (herejes y cismáticos materiales).
Estos últimos, empero, a diferencia de los herejes y cismáticos formales, se "ordenan" «al cuerpo místico del Redentor por cierto deseo inconsciente y anhelo» debido a su disponibilidad para profesar la fe verdadera (votum Ecclesiae), y, aunque estén fuera de la contextura visible de este cuerpo, pueden pertenecerlo invisiblemente y conseguir por este camino la justificación y la salvación; con eso y todo, se ven «privados de muchos dones y auxilios celestiales que sólo es dado gozar en la Iglesia católica», por 10 que Pío XII, al igual que sus predecesores, los invita «a secundar los impulsos internos de la gracia y a sustraerse a su estado, en el que no pueden tener seguridad de su propia salvación»: «Vuelvan pues, a la unidad católica» (Denz.
Se echa de ver que se trata de una visión naturalista, milenarista (que recuerda la religión de la Humanidad), extraña por completo al catolicismo, en neta antítesis con la realidad exclusivamente sobrenatural del reino de Dios y de su consumación al fin de los tiempos (que Nuestro Señor nos reveló y la Iglesia mantuvo siempre).
NOTA:
Gaudium et Spes § 39 no vacila en afirmar que «el progreso temporal [ ... ] interesa en gran medida al reino de Dios», yremite en una nota a pie de ágina a la encíclica Quadragesimo anno de Pío XI (AAS 23 [1931] § 207), como si el presunto valor salvífico del "progreso temporal" 10 hubiese roclamado dicho Papa; pero ni en la " pág. 207 citada, ni en ninguna otra parte de la encíclica se constata la existencia de una afirmación de tal género.
7.Errores sobre el matrimonio y la condición de la mujer

7.1 Una variación en la doctrina del matrimonio, contraria a la
enseñanza constante de la Iglesia.
En efecto, la institución matrimonial se concibe ahora principalmente como «comunidad íntima de vida y amor» de los cónyuges (GS § 48), a la que le sigue la procreación como su fin propio: «Por su índole natural, la misma institución del matrimonio y el amor conyugal están ordenados a la procreación y a la educación de la prole, con las que se ciñen como con su corona propia [iisque veluti suo fastigio coronantur]» (GS cit.).
Nótese bien: el matrimonio y el amor conyugal no hallan su razón de ser en la procreación y la educación de la prole: sólo hallan en ellas su "coronamiento". De esa manera, el fin del perfeccionamiento mutuo, intrínseco al matrimonio, pasa de secundario a primario, mientras que el auténtico fin primario, la procreación, se ve relegado al segundo lugar porque se le convierte en consecuencia o coronamiento del valor personalista del matrimonio.
7.2 Una definición del amor conyugal, en el arto 49 de la GS, que abre la puerta al erotismo en el matrimonio, en contra de toda la tradición de la Iglesia.
Después de haber puesto de relieve que «muchos contemporáneos nuestros [?] exaltan también el amor auténtico entre marido y mujer,  en nombre de la igualdad, a la destrucción del matrimonio y de la familia, a la exaltación del libertinaje y de la homosexualidad.
Dicha apertura se manifiesta en el reconocimiento implícito de la absurda aspiración de las mujeres de nuestro tiempo a «la igualdad
de derecho y de hecho con el hombre»
(GS § 9); en el reconocimiento explícito del derecho de la mujer a abrazar el estado de vida que prefiera, porque constituye uno de los presuntos «derechos funda mentales de la persona» (GS § 29); en el reconocimiento de un supuesto derecho suyo a ser educadas en una «cultura humana y civil, conforme con la dignidad de la persona» (GS § 60); en la aceptación de la supuesta necesidad de una «legítima promoción social de la mujer» (GS § 52), Y en el deseo, por último, de una «mayor participación» de las mujeres «en los campos del apostolado de la Iglesia» (AA § 9), no por una necesidad de carácter religioso, sino por el mero hecho de que «en nuestros tiempos participan las mujeres cada vez más activamente en toda la vida social»; participación más activa provocada, en gran parte, por los falsos "dogmas" recién recordados, y llevada en efecto a algún modo bajo su sello, pero que Pío IX, en cambio, condenó en la encíclica Quadragesimo anno como «desorden gravísimo que ha de eliminarse a toda costa [pessimus vero est abusus et omni conatu auferendus]», porque substrae a las «madres de familia» su cometido y deberes propios l.
8. Errores sobre los herejes y cismáticos (los denominados "hermanos separados")
8.1 El aserto, doctrinalmente pernicioso y ayuno de fundamento histórico, según el cual «no pocas comunidades [haud exigua]» se separaron de la comunión plena de la Iglesia católica «a veces no sin responsabilidad de ambas partes» (UR § 3), o dicho en otras palabras: dieron en la herejía y el cisma por culpa de eclesiásticos católicos.

8.2 La afirmación «pero los que ahora nacen y se nutren de la fe de Jesucristo dentro de esas comunidades [heréticas y cismáticas] no pueden ser tenidos por responsables del pecado de secesión» (UR § 3). 

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